En noviembre de 2010, la Cofradía del Santo Entierro promovía una reforma de sus Estatutos para adecuarlos a la normativa básica aprobada por el Obispado de Ciudad Real (todas las hermandades de la Diócesis están obligadas a adecuar sus Estatutos a esta normativa). Tras la realización de una serie de correcciones al proyecto inicial, a las que siguieron unas alegaciones que aceptó el Obispado, el pasado mes de julio eran remitidos aprobados los Estatutos de esta hermandad de Alcázar de San Juan.
Como consecuencia de la reforma la Cofradía pasa a denominarse HERMANDAD DEL SANTISIMO SACRAMENTO Y COFRADIA DE CABALLEROS DEL SANTO SEPULCRO, DAMAS DE NUESTRA SEÑORA DE LA SOLEDAD Y DE NUESTRO SEÑOR RESUCITADO, una denominación más acorde con su realidad.
Entre las principales novedades destacan el aumento en un año del mandato de la Junta Directiva (de cuatro pasa a cinco), la obligatoriedad de mantener los documentos bien en la Casa de Hermandad, bien en la Casa Parroquial (nunca en casa de los directivos), el aumento de mayorías en la toma de ciertas decisiones, la inclusión de las figuras del Portavoz de Priostado y del Portavoz de la Comisión de Cultos y Caridad y sus funciones (antes no aparecían) o la obligatoriedad de que los hermanos menores de 16 años (hermanos adheridos) soliciten por escrito su pase a la condición de hermanos activos al cumplir dicha edad, entre otras muchas.
Se trata de unas reformas que toda asociación debe ir tomando en la medida en que las circunstancias que la rodean y la propia sociedad van cambiando. Una adecuación a los tiempos que no hace sino reafirmar la pertenencia a la Iglesia, con todo lo que ello conlleva, dentro la sociedad.
12 de septiembre de 2011
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